Ir al contenido principal

Los Impuestos en Venezuela ¿que debo saber sobre impuestos? (II Parte)

Hola amigos lectores ¿que tal han estado? espero que muy bien. Hoy decidí escribir la continuación del  articulo pasado sobre los impuestos, el cual puedes leer en este enlace, en ese articulo trate siete impuestos de forma muy superficial y que se deben declarar ante el SENIAT, pero en Venezuela las empresas deben rendir cuentas a una serie de organismos aparte del antes mencionado, por lo que en esta entrega hablare de otros varios impuestos que deben cancelar las empresas en Venezuela para poder operar. A continuación una breve descripción, periodos de pagos entre otros detalles:

1. Inscripción y aporte Faov: en faov (fondo de ahorro obligatorio para la vivienda) la inscripción se realiza en linea en la pagina de BANAVIH, se deben inscribir las personas jurídicas constituidas en el país, el aporte es mensual y la base es el 3% del salario devengado por los trabajadores: el 2% lo aporta el patrono y el 1% se le retiene al trabajador en la nomina, por lo que cada mes (los 5 primeros días hábiles) debes ingresar al portal de banavih, declarar los salarios devengados por los trabajadores, imprimir las panillas y pagar el aporte correspondiente. Las sanciones por incumplimiento están contenidas en la reforma a la ley del régimen prestacional de vivienda decreto N° 9. 048 de fecha 15 de junio de 2012 en el articulo 90 y siguientes.

2. Inscripción y aporte al IVSS: se deben inscribir las empresas a partir de 1 trabajador y cancelar mensualmente un aporte que esta pautado de acuerdo a la actividad de la empresa y riesgo de los trabajadores este aporte oscila entre el 11% y 13%  del salario devengado por el trabajador, además debe retener al trabajador vía nomina el 4% del salario devengado. De acuerdo al articulo 58 de la ley del IVSS si no se retiene al trabajador en la oportunidad correspondiente (cuando se paga nomina) no se puede retener en otra ocasión, es decir si no retuvo cuando corresponde el empleador debe asumir ese gasto sin poder quitárselo al trabajador. Aparte se debe cumplir con el aporte de paro forzoso que corresponde 2% al empleador y 0,5% se retiene al trabajador vía Nomina. Estos aportes se harán al mismo tiempo al IVSS que es el ente encargado de administrar esos recursos. Las sanciones por incumplimientos se encuentran en la ley del seguro social (decreto 8.921 G.O.393.077 de fecha 30 de Abril 2012), en el articulo 85 y siguientes y en la ley del régimen prestacional de empleo en el articulo 55 y siguientes (G.O. 31.281 del 27 de Septiembre de 2005).
3. Inscripción y aporte Inces: de acuerdo al articulo 51 de le ley del Inces las entidades de trabajo tienen 45 días hábiles para inscribirse ante este organismo luego de constituidas. Las entidades que ocupen 5 trabajadores o mas quedan obligadas a realizar un aporte trimestral del 2% de todos los salarios devengados por los trabajadores  que de no cancelarse los 5 primeros días al vencimiento del trimestre genera intereses de mora. Adicionalmente estas mismas entidades deben retener de las utilidades de sus trabajadores el 0,5% y enterar y pagar vencido el trimestre en que se realizo el pago del beneficio. Cuando la entidad cuente con 15 trabajadores se obliga a contratar y formar aprendices, personal que debe representar entre el 3% y 5% del total de sus trabajadores, esto según el articulo 32 de la misma ley. Las sanciones por incumplimiento se encuentran en el articulo 53 y siguientes de la mencionada Ley.
4. aporte al fondo nacional del deporte: cuando la entidad tenga una ganancia neta que supere las 20.000 ut debe inscribirse y aportar al fondo nacional del deporte el 1% de su utilidad, este aporte no es deducible del ISLR, esta declaración debe hacerse dentro de los 120 días posteriores al cierre del ejercicio fiscal, el pago puede dividirse en tres porciones, adicionalmente debe presentar declaración estimada dentro de los 190 días posteriores al cierre del ejercicio fiscal gravando el 0,25% de la ganancia, el pago también puede dividirse en tres porciones. El articulo 80 de la ley orgánica del deporte, actividad física y educacion física menciona que la multa por incumplimiento del aporte sera del doble de la contribución y en caso de reincidencia sera del triple de la contribución correspondiente.
5. Aporte para a la ciencia, tecnología e innovación (FONACIT): todas las entidades cuyos ingresos brutos anuales sean superiores a 100.000 u.t. deberán realizar aportes a este fondo, al hablar de ingresos brutos esta ley se refiere a los ingresos por la actividad sin deducir ningún costo ni gasto. Los porcentajes de aporte varían según la actividad del contribuyente: 1% al sector privado que realice actividades del sector minero e hidrocarburos; 0,5% a las entidades del sector publico que realicen actividades del sector minero e hidrocarburos; 2%  para casinos, bingos, sector licorero y Tabacalero; 0,5% para sectores que se dediquen a cualquier otra actividad. La declaración y pago debe hacerse dentro del segundo trimestre posterior al cierre del ejercicio. Las sanciones por incumplimiento están contenidas en el articulo 50 de la Ley orgánica de ciencia tecnología e innovación (G.O. Extraordinaria 6.151 de fecha 18 de noviembre de 2014)
6. Aporte al fondo nacional antidrogas (FONA): según el articulo 32 de la Ley orgánica de Drogas, las entidades que ocupen desde 50 trabajadores quedan obligados a aportar el 1% de su utilidad neta al FONA dentro de los 60 días posteriores al cierre del ejercicio fiscal, adicionalmente las entidades que se dediquen a actividades de fabricacion o importación de licores y tabaco aportaran el 2% como contribución especial al fondo dentro de los sesenta días continuos posteriores al cierre del ejercicio. La sancion por incumplimiento acarrea multas por el doble de la contribución correspondiente.
7. Impuestos Municipales: según el municipio donde opere la entidad existen otros impuestos, entre los que resalta el impuesto por actividades económicas, este impuesto grava los ingresos por actividad, apoyandose en la declaración de IVA, los porcentajes varían de acuerdo a la region y a la actividad que  realiza la empresa, también las Alcaldias tienen potestad de designar agentes de retencion de este impuesto. Las sanciones por incumplimiento varían de acuerdo a las ordenanzas municipales.

Hasta aqui por el dia de hoy, si desean que profundice en algun tema haganmelo saber a traves de los comentarios, ha sido un placer escribir para ustedes, espero este articulo les sea de utilidad.
Saludos...


Comentarios

Entradas populares de este blog

¿Que Documentos le debo entregar a mi Contador para que lleve la Contabilidad?

Hola, es un placer escribir para ustedes!!. A continuación les comentare sobre los documentos que en mi opinión necesita tu contador para realizar su trabajo de forma eficiente y transparente.   La mayoría de las empresas en Venezuela son pequeñas o medianas este hecho hace que acudan a los servicios de un contador externo ya que muchas veces no cuentan con los recursos para pagar el salario que cobraría un contador interno, el contador externo en este caso es el encargado de consolidar la información contable,

¿ME TOCARA APORTAR AL FONDO DEL DEPORTE?

Hola mis estimados lectores aquí les dejo el articulo ganador de la votación. Sigue la votación para escribir el articulo del próximo mes, Vota en la barrita derecha. Agradecida de que pases por mi blog y leas mis artículos no te hago esperar mas. ¿ME TOCARA APORTAR  AL FONDO DEL DEPORTE? Para comenzar debo remitirme al articulo 68 de la ley orgánica del deporte, actividad física y  educación física (LODAFEF 15/08/2011): Artículo 68. Se crea el Fondo Nacional para el Desarrollo del Deporte, la Actividad Física y la Educación Física, el cual estará constituido por los aportes realizados por empresas u otras organizaciones públicas y privadas que realicen actividades económicas en el país con fines de lucro; por las donaciones y cualquier otro aporte extraordinario que haga la República, los estados, los municipios o cualquier entidad pública o privada y por los rendimientos que dichos fondos generen. El fondo principalmente será utilizado para el financiamiento de pl...

El Impuesto a Las Grandes Transacciones Financieras (IGTF) y Como Impacta a tu Empresa

¿Cuándo se creó el impuesto? Este Impuesto Fue decretado el 30 de diciembre de 2015, según gaceta oficial Extraordinaria N° 6.210, pero el mismo entro en vigencia el 1 de Febrero del 2016 y hasta ahora no tiene fecha de caducidad. ¿Cuál es el objeto del impuesto? El decreto En su Art. 1 menciona que el objeto es gravar las grandes transacciones financieras, pero en realidad son los EGRESOS los gravados con alícuota del 0,75%, desde Bs 0,01 entonces no son grandes transacciones, si no las transacciones de cualquier monto por mas pequeño que este sea.